jueves, diciembre 07, 2006

DÍA DE LA CONSTITUCIÓN


Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

SECCIÓN PRIMERA. DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS

1. Se garantiza la libertad ideológica,
religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley.

2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
¿Que más se puede decir? Que espero, que algún día, paso a paso, estos artículos, y el resto de los que derechos recogidos en nuestra poética Constitución, se hagan realidad. Yo me conformaria con poco más.